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Jubilados: podrán tramitar el pago de tributos municipales hasta el 31 de julio

Jubilados: podrán tramitar el pago de tributos municipales hasta el 31 de julio

La gestión alcanza a aquellos jubilados que sean titulares de una única vivienda y que efectúen el trámite por primera vez.

La Agencia de Recaudación de la Municipalidad (ARMSa) resolvió diferir para los contribuyentes jubilados, encuadrados en la Ordenanza N° 12696 y que realicen la tramitación por primera vez, la fecha del Pago Anual de la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario –año 2018- hasta el 31 de julio de 2018.

En los considerandos de la medida, dispuesta a través de la Resolución General N° 007/2018, se tuvo en cuenta que a la fecha se encuentran en trámite numerosas presentaciones por parte de contribuyentes jubilados que encuadrarían en el beneficio otorgado por la Ordenanza N° 12696.

Es importante recordar que dicha Ordenanza establece una reducción del 50% para el pago de la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario que incide sobre las propiedades de jubilados que sean titulares de una única vivienda y que no resulten alcanzados por el beneficio de la exención total.



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