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DEFENSA DEL CONSUMIDOR

Las tarjetas de crédito no podrán obligar al consumidor a pagar un seguro de vida.

Las tarjetas de crédito no podrán obligar al consumidor a pagar un seguro de vida.
Las tarjetas de crédito no podrán obligar al consumidor a pagar un seguro de vida.

Defensa del Consumidor informó que los bancos no podrán cobrar en forma obligatoria el seguro de vida asociado al saldo deudor de las tarjetas de crédito.

La secretaria de Defensa del Consumidor Alejandra Chuchuy Juárez, indicó que los usuarios de los bancos podrán optar por dar de baja el seguro de vida que hoy pagan por el saldo deudor de sus tarjetas de crédito, dejando de ser obligatorio.

Ese monto, destinado a asegurar el pago de las cuotas pendientes de cobro en caso de muerte del usuario de la tarjeta de crédito, será opcional. La modificación se introduce luego de que el Banco Central sumara otra circular al régimen de protección del usuario de servicios financieros.

Para dar de baja el seguro se deberá comunicar de manera fehaciente esta decisión a la entidad bancaria o financiera. En el caso de que no haya una decisión expresa por parte del cliente, el banco podrá continuar aplicando este cargo.

Chuchuy Juárez explicó que la política de dejar en manos del cliente la contratación de un seguro de vida, es una manera de limitar el accionar de los bancos, dejando en el consumidor la decisión de optar o rechazar la contratación.

La funcionaria indicó que el Gobierno trabaja en fortalecer y ampliar los derechos de los consumidores, para empoderarlos en la toma de decisiones en materia de consumo.

Cómo renunciar al seguro

Para renunciar al seguro basta realizar una comunicación fehaciente por parte del cliente ante la entidad financiera.

La no contratación del seguro implica que en caso de muerte del deudor, incapacidad etc., el banco tendrá que cobrar la deuda accionando legalmente contra la familia o contra el patrimonio del deudor



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