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SANCIONARON LA ORDENANZA

Prohíben la venta, utilización y tenencia de bombas de estruendo

Prohíben la venta, utilización y tenencia de bombas de estruendo

A instancias del concejal Matías Cánepa, se sancionó la Ordenanza que introducen modificaciones en el artículo N° 25 de la Ordenanza N° 11.666 – Reglamentación de uso de pirotecnia. De esta manera se incluye la prohibición de la venta, utilización, tenencia y/o fabricación de morteros con bombas, bombas de estruendo o de iguales características.

El autor de la iniciativa, el concejal Cánepa señaló durante el tratamiento de la iniciativa: “El objetivo de la norma es mejorar la convivencia en la ciudad. Ya que el impacto sonoro de este tipo de artificios pirotécnicos provoca inconvenientes a personas con autismo, a quienes padecen enfermedades, a los recién nacidos y a las mascotas”.

Además, sostuvo: “Entendemos por lo argumentado, que es necesario regular este tipo de bombas que generan más de 150 decibeles, rompiendo el esquema básico de contaminación sonora que tiene la ciudad y provocando efectos negativos en la sociedad”. 

El segundo articulado de la iniciativa también prevé modificaciones a las sanciones de la mencionada Ordenanza, con multas que van desde las 500 hasta las 4000 Unidades Tributarias, dependiendo del tipo de infracción, su gravedad y la reincidencia en la falta.



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