Las tarjetas de crédito ofrecen y promocionan diferentes beneficios con el objetivo de captar nuevos clientes. Entre ellos se pueden mencionar la entrega del plástico sin gasto alguno, el envío de la tarjeta al domicilio del asociado, la eximición de pago de gastos administrativos durante un período determinado, promociones de compras si las posee, entre otros.
Los consumidores, al momento de aceptar la tarjeta de crédito, deberán cerciorarse de que dichos beneficios se encuentren estipulados por escrito por parte de la empresa, ya que en reiteradas oportunidades se producen abusos o inconvenientes a la hora del cobro.
Por ello, desde la Subsecretaría de Defensa del Consumidor se recordó a los vecinos que el titular debe habilitar las tarjetas de crédito en el momento en que son entregadas. En el caso de no estar asegurado el cumplimiento de la promoción por parte de la empresa o de los términos y condiciones contratados, se recomienda no habilitarla.
Aún así algunos comercios comienzan a enviar resúmenes de cuenta con costos sobre gastos administrativos y cuando el vecino se presenta a la empresa, con el objeto de solicitar la baja, ésta es denegada, ya que la firma alega la existencia de una deuda por gastos administrativos, aún sin que el cliente hubiera utilizado el plástico.
Ante esta situación, desde la dependencia municipal se recuerda que si la tarjeta no fue habilitada no se puede cobrar suma alguna por gastos administrativos y en caso que la empresa pretenda hacerlo, el cliente deberá presentar una nota con copia, con el objeto de pedir la eximición del pago indebido, la baja de la misma y constancia de inexistencia de la deuda.
La Subsecretaría de Defensa del Consumidor ofrece sus servicios para realizar esta nota y asesorar gratuitamente al consumidor en caso de que lo necesite. Para ello los vecinos deberán presentarse en las oficinas de la dependencia, España 709, primer piso. La atención se brinda de lunes a viernes, de 8 a 14.