El decreto que publicará el Gobierno establece 24 rubros. Muchos los mencionó Alberto Fernández al dar a conocer la decisión.
El "aislamiento social, preventivo y obligatorio" anunciado anoche por el presidente Alberto Fernández tendrá algunos rubros exentos: el decreto que establece la cuarentena total especifica 24 rubros que estarán exceptuados de la medida.
Funcionarios de alta jerarquía del Gobierno nacional, de las provincias y de los municipios; personal de las fuerzas armadas y de seguridad, los trabajadores de la sanidad, así como quienes se desempeñan en las industrias alimenticias y farmacéuticas, son algunos de los que quedarán afuera de la medida.
El jefe de Estado también hizo mención a otros rubros que seguirán en actividad: quienes se desempeñan en la industria del petróleo y en las refinerías de naftas y gasoil, así como los trabajadores de los medios de prensa. Y aunque el Presidente no los mencionó en forma directa, quienes trabajan en supermercados y comercios de cercanía de distintos rubros ("ferreterías", por dar un ejemplo que sí citó el Presidente).
El decreto aclara que quedarán exceptuados de la cuarentena "personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo". También "personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes".
Además, la norma exime a "personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes; personas que deban atender una situación de fuerza mayor; personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones". Aunque aclara que, "en tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas".
También se menciona al "personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos; personal afectado a obra pública; supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias y provisión de garrafas".
Asimismo, aquellos que se desempeñan en "actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales; actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior, recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos; mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias".
De esta forma, el artículo 6° del Decreto, que será oficializado mediante la publicación en el Boletín Oficial, determinó que los desplazamientos de “las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales” deberán “limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios”.
Las ferreterías, como otros negocios de cercanía, continuarán abiertos pese a la cuarentena total dictada por el Gobierno.
Quedan exentos, asimismo, quienes cumplen tareas en el "transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP, reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad, así como servicios de lavandería".
"Las personas deberán permanecer en sus casas y hogares y salir para lo necesario; van a seguir teniendo abiertos supermercados, negocios de cercanía, farmacias, pero desde la 0 hora de mañana" las fuerzas de seguridad "estarán controlando a quien circula por las calles y el que no pueda explicar se verá sometido a la sanción que prevé el Código Penal", dijo el Presidente.
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Alberto Fernández también precisó que se mantendrá el transporte público de pasajeros "sólo para uso de quienes están exceptuados de cumplir el aislamiento".
"Desalentaremos que la gente se suba a automóviles y circule por la vía pública", afirmó. Y advirtió que habrá verificaciones y constataciones "sobre los motivos por los que cualquier persona o automóvil está transitando" y que "quien no pueda justificarlo será sancionado".