El hombre fue condenado por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de amenazas (dos hechos), coacción, amenazas con arma (dos hechos), lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y el género (tres hechos), todo en concurso real.
Una vez finalizada la audiencia recuperó su libertad, atento a la modalidad condicional de la pena que se le impuso.
Además fue notificados de la obligación de dar cumplimiento a las siguientes reglas de conducta por el mismo término de la condena: fijar domicilio y someterse al cuidado del Patronato de Presos y Liberados; abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; adoptar una actividad laboral lícita y de acuerdo a sus capacidades.
Por otra parte, tiene prohibido acercarse a menos de 200 metros de la víctima, de su domicilio y de los lugares donde habitualmente concurra, debiendo recurrir a otros medios para no perder contacto con su hija menor de edad. También tiene prohibido contactarse con la denunciante por cualquier medio o vía (escrita, verbal, telefónica, mail, personal, etc.), y deberá realizar tratamiento psicológico.
El cumplimiento de estas medidas es obligatorio. En caso de incumplir alguna de ellas podría revocarse la condicionalidad de la pena que se le impuso. La jueza ordenó imponer consigna policial fija en el domicilio de la víctima. La denunciante es ex pareja de López Figueroa.