El ingreso al plan se hará a solicitud del magistrado o del Tribunal respectivo, habiéndose dispuesto que se le asignarán dos nuevos empleados quienes cumplirán el horario de 12 a 18.
La Acordada 12241 destaca entre sus fundamentos que “en las circunstancias sociales actuales, el constante incremento de las cuestiones que son sometidas a decisión judicial y la necesidad de disminuir el tiempo de respuesta a los justiciables, aconsejan a esta Corte –como lo ha hecho en otras oportunidades- evaluar alternativas que permitan alcanzar los mencionados objetivos estratégicos”.
El Plan Piloto de Atención Continua del Poder Judicial de Salta significa poner en práctica un régimen de extensión horaria para la atención de los ciudadanos en los Tribunales que resuelvan su adhesión voluntaria.
El plan incluye también a las oficinas Distribuidora de Expedientes, Servicio Médico y Ujiería. A los seis meses de vigencia del plan se realizarán las evaluaciones de los resultados.
La implementación de este plan –puntualiza la Acordada 12241- “no implica en ningún caso la modificación del régimen general de los funcionarios, profesionales y empleados establecido en el Reglamento Interno del Poder Judicial, ni del sistema de dedicación complementaria para los empleados”.