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JUSTICIA

FAMILIA CUIDADORA

Piden juicio a los padres sustitutos, un juez, tres psicólogas y un médico

Piden juicio a los padres sustitutos, un juez, tres psicólogas y un médico

Víctor Senise y Patricia Sánchez, quienes estaban al cuidado de cuatro hermanitos, deberán responder por el homicidio de uno de ellos, de 4 años, y la tentativa de homicidio de otro, de 8. Asimismo, se solicitó llevar a juicio al juez de Persona y Familia 6, Daniel Canavoso, por incumplimiento de deberes de funcionario público, a tres psicólogas del ex Ministerio de Derechos Humanos y a un médico particular.

El requerimiento de juicio, impulsado por los fiscales penales, Pablo Paz, Rodrigo González Miralpeix y Ramiro ramos Ossorio, de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, se formalizó hoy ante el Juzgado de Garantías 4, a cargo del juez, Diego Rodríguez Pipino.

En su escrito, los fiscales solicitaron que Víctor Senise, un docente de 49 años y su pareja, Patricia Sánchez, de 39, sean llevados a juicio por los delitos de homicidio simple, en perjuicio de un menor de 4 años, y por tentativa de homicidio, de una niña de 6, quienes junto a otros dos hermanos estaban al cuidado de ambos acusados, en el marco del programa Familia Cuidadora, dependiente de la Secretaría de Igualdad y Oportunidad del ex Ministerio de Derechos Humanos.

Los fiscales también requirieron juicio contra el juez Canavoso, quien había ordenado la entrega de los cuatro menores a Senise y Sánchez, el 13 de diciembre de 2013, por entender que el magistrado cometió el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, contemplado por el Código Penal con una pena de inhabilitación especial de un meses a un año.

El requerimiento también alcanza a las psicólogas Lorena Recchiuto, Marina Vargas y Yaqueline Rosas, del ex Ministerio de Derechos Humanos, contra quienes se requirió juicio por los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público y falsedad ideológica, cuyas penas van de uno a seis años de prisión.

Sergio Alejandro Gonza,  un médico de 40 años de actividad particular, en tanto, es séptimo imputado contra quien los fiscales requirieron juicio. En este caso, por el delito de falsedad ideológica, pues se sospecha que el profesional firmó certificados médicos que no se condicen con el estado de salud real que padecían las víctimas, con pena de un mes a un año de prisión.

A partir de esta presentación, se espera que el juzgado de garantías lleve adelante los trámites de rigor a fin de que la causa sea elevada al Tribunal de Juicio para que se determine la sala que tendrá a cargo la realización del debate oral y público contra los imputados.

Maltrato infantil

El 8 de julio de 2015, un año y medio después de ser entregados a Senise y Sánchez, el primero de ellos docente, el Hospital Materno Infantil declaró muerto a uno de los menores, de 4 años, quien había ingresado con un supuesto cuadro de bronco aspiración, sin embargo, posteriormente se comprobó que el niño presentaba signos de numerosas lesiones y un estado grave de desnutrición.

Al respecto, y de la investigación que la Unidad de Grave Atentados contra las Personas llevó adelante, se pudo establecer que el menor presentaba signos de, al menos, 276 lesiones, según lo informado por médicos del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, quienes realizaron un minucioso estudio del cuerpo del menor.

Las lesiones, según el estudio forense, se correspondían con golpes propios de maltrato infantil, siendo los mismos ocasionados con cintos, quemaduras y otros elementos de castigo. Las heridas, asimismo, se detectaron en todo el cuerpo, siendo el tórax y la cabeza, las zonas donde se encontraron el mayor número de lesiones.

Al tomar conocimiento de la muerte de su hijo, la madre biológica del menor, cuya identidad se mantiene en reserva al igual que la de sus hijos, se presentó en la vivienda donde se hallaban los otros tres hermanos, oportunidad en la que advirtió que una de ellas, de 6 años, se encontraba en grave estado de salud.

Ante ello, el fiscal Paz tomó intervención y se procedió a trasladar a la menor al hospital, donde efectivamente se comprobó que la niña presentada un grave cuadro de desnutrición, como así también evidencias de maltrato físico, entre ellas golpes y quemaduras en los brazos.

Posteriormente, Senise y Sánchez, fueron detenidos e imputados por los fiscales, quienes llevaron adelante un arduo trabajo de investigación, el cual permitió reunir suficientes elementos de pruebas que llevaron a solicitar el enjuiciamiento de la pareja de padres sustitutos.

Incumplimiento de deberes

Respecto a la situación de las licenciadas Vargas, Rosas y Recchiuto, los fiscales entendieron que su tarea consistía en monitorear la evolución y bienestar de los menores, como así también brindar apoyo y orientación a la pareja de padres sustitutos, en este caso a Senise y Sánchez.

Del análisis de las pruebas reunidas respecto al accionar de las imputadas, los fiscales concluyeron en que las mismas “no cumplieron adecuadamente los deberes que se encontraban bajo su órbita funcional”. Para la fiscalía, las psicólogas solamente se limitaron a elevar “informes evaluativos sólo en respuesta a pedidos concretos del Juez o de la Asesora de Incapaces  -interviniente– en contraste con el deber impuesto de presentar informes con una periodicidad mensual”.

Asimismo, indicaron que algunos de los informes presentados son “fácilmente calificables como falsos”, pues “poseían contenido altamente positivo respecto de la valoración integral de los niños a cargo de Sánchez y Senise, en cuanto a la salud”. Al respecto, los fiscales resaltaron que dichos informes contrastan “abiertamente con toda la prueba material”, la que da cuenta que uno de los menores, de 4 años, “presentaba en su integridad corporal, aproximadamente un total de 276 lesiones, de diferentes etapas evolutivas, ubicadas en toda la humanidad del niño, incluso en sectores absolutamente visibles”.

Respecto a Gonza, los fiscales sostuvieron en su requerimiento que el mismo había firmado distintos certificados en los que consignó un diagnóstico de neuropatía o bronquitis aguda respecto a la salud del menor de 4 años. Estos cuadros, según la fiscalía, “de ningún modo se condicen con la realidad, evidenciándose del contenido que el profesional plasmara en los citados instrumentos, con capacidad legal, su manifiesta falsedad, ya que no se corresponde con el estado de salud que presentaba el niño, corroborando que el mismo no fue realmente evaluado por el profesional médico”.

Con respecto al magistrado, los fiscales entendieron que la judicialización de los menores, no se trata de un proceso meramente instrumental, sino exige del juez una atención completa y acabada de la situación de los niños, su entorno familiar y sobre todo, la familia en quien quedaría el cuidado de los mismos, como su posterior seguimiento.

Para los fiscales, el fallecimiento del niño, sus causas eficientes, con más el delicado estado de salud de la hermana del mismo, hicieron “perceptibles”  y desnudaron “las falencias del sistema empleado, la desidia y liviandad con que se había dispuesto la entrega de los niños a un matrimonio que –claramente– no estaba en condiciones de albergarlos, y el desatino que implicaba mantenerlos allí, sin desarrollar todas las acciones necesarias y convenientes, en miras a monitorear, en forma cierta y efectiva, el bienestar de los niños”.

Los fiscales sostuvieron que a lo largo del proceso de protección de los menores, el magistrado “nunca tomó contacto directo con los niños, nunca constató de visu el estado de salud de los niños, nunca concurrió a los lugares de residencia de éstos, ni verifico personalmente la adecuación de las condiciones de vida que conllevaba la situación que él mismo había dispuesto para con los niños, ni solicitó jamás la opinión de los mismos –directa o indirectamente– , actitud que contraría postulados básicos de su rol funcional en calidad de Juez de Personas y Familia, y que también significó –a la postre– coadyuvar al resultado luctuoso finalmente verificado”.

Sobreseimientos y apelación 

Respecto a la situación de otras personas que fueron imputadas inicialmente, se informó que la fiscalía solicitó el sobreseimiento de la ex directora general de Niñez y Familia, del ex Ministerio de Derechos Humanos, Ivana Bruno, como así también de la Jefa del subprograma de Sistema Alternativos, Margarita Daza.

Este beneficio también alcanzó a la asistente social, Ana Laura Carrizo, del Centro de Salud 56, del barrio Palermo. Respecto a estas profesionales, la fiscalía entendió que las pruebas reunidas no ameritan avanzar contra las mismas por una supuesta responsabilidad penal en la causa, por lo que se solicitó el sobreseimiento de las mismas.

Por otra parte, se informó que con respecto a la Asesora de Menores e Incapaces 6, Silvia Ibarguren, contra quien la fiscalía imputó el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, la funcionaria fue sobreseída por el juez Rodríguez Pipino, resolución que fue apelada por los fiscales debido a que entienden que existen elementos que hacen presumir la comisión de dicho delito por parte de la asesora.



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