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JUSTICIA

LE DISPARÓ AL PECHO

Requieren juicio para un policía por matar a un menor en un procedimiento

Requieren juicio para un policía por matar a un menor en un procedimiento

​El acusado es Nicolás Sebastián Valdiviezo, cabo de la División Motorizada del Servicio de Emergencia del 911. El fiscal penal Pablo Rivero, de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, remitió a juicio la causa seguida contra el suboficial por el delito de “homicidio calificado por su función de personal policial agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de Braian Nahuel Márquez, de 16 años.

La acusación contra Valdiviezo, según surge del requerimiento de juicio, se desprende de una serie de medidas probatorias realizadas por la fiscalía en torno a la causa abierta por la muerte de Márquez, ocurrida el 14 de abril pasado en un sendero ubicado en la laguna existente dentro de Cerámica del Norte, en la zona Este de la ciudad.

Previamente, Valdiviezo junto al agente Alberto Sebastián Cegarra, realizaban un patrullaje por inmediaciones de la calle Samuel Quevedo, en Villa El Sol. En esas circunstancias, los policías demoraron a Jorge Emiliano González, un vecino de la zona apodado “Serafín”.

La detención de este sujeto se realizó a pocos metros de un callejón que conduce a la laguna de la Cerámica. En esas circunstancias, según lo investigado,  Márquez apareció en escena e intercedió para que González sea liberado, quien logró zafarse y correr.

La reacción de Cegarra, sin embargo, permitió la recaptura inmediata de González, mientras que Valdiviezo salió en persecución del menor, quien huyó por el callejón que da a la laguna. Según las testimoniales, el policía redujo a Márquez.

Una vez que lo tuvo reducido, familiares del menor, quienes estuvieron presentes, revelaron que Valdiviezo golpeó la cabeza del adolescente contra el piso, hecho que generó la intervención de la madre y la novia del joven a fin de impedir la detención de Márquez.

En esos momentos, el menor logró sacar un cuchillo y lesionó en una de las piernas al policía, quien luego de ello logró derribar a una de las mujeres, a quien mordió en una de sus manos. Acto seguido, el cabo extrajo su arma reglamentaria y le efectuó un disparo en el pecho al adolescente, herida que le causó la muerte.

En su requerimiento, el fiscal presentó varias pruebas que fundamentan esta hipótesis criminal. Además de señalar varios testimonios, tanto de familiares del menor, del detenido González, como así también de otros policías, quienes comprometieron a Valdiviezo.

Además, se sumaron otras medidas probatorias, tales como una serie de pericias médicas realizadas por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales que echaron luz respeto a un punto clave del hecho, y por ende fortaleció la imputación contra el cabo.

Las mismas giran en torno a la distancia del disparo fatal, pues la defensa del policía insistió en que se trató de un impacto accidental, ocurrido durante el forcejeo entre el uniformado, el menor y dos familiares que intervinieron en defensa del adolescente. Sobre esta coartada, la fiscalía pudo probar que el disparo en realidad fue realizado a una distancia superior a los 50 centímetros, según las pericias técnicas que se ordenaron y que fueron llevadas a cabo por el CIF.

Asimismo, y tras examinar los restos de piel extraídos de la zona de impacto de bala, los peritos forenses descartaron la existencia de “tatuaje”, rastros dejado cuando un disparo se realiza a corta distancia. Por otra parte, el reporte de la autopsia también confirmó que las lesiones que dejó el proyectil son coincidentes cuando se realiza a corta distancia.

“De los elementos probatorios incorporados se ha podido acreditar con el grado de probabilidad requerida para esta etapa que el encartado, Nicolás Sebastián Valdiviezo, personal policial en funciones, ofuscado ante la provocación de la víctima, Braian Nahuel Márquez, quien momentos antes se había interpuesto en el procedimiento de detención de su amigo, para luego huir e introducirse en el predio de la Laguna de la Cerámica, desde donde arrojaba botellas”, “decidió ir en persecución del menor Márquez, solo sin refuerzos, a sabiendas de que el predio de la laguna es un sector peligroso(ello se comprueba con el informe psicológico en el cual se informa que Valdiviezo puede tener dificultades para prever peligro y para protegerse de un ambiente hostil quedando expuesto a situaciones de riesgos)”.

Pese a ello, continuó el fiscal, el acusado salió por detrás del menor, lo “alcanzó y lo redujo mientras le golpeaba la cabeza contra el suelo”, hecho que motivo la intervención de dos familiares, quienes lograron que el policía libere al menor. Ante esta situación, “el imputado extrajo su arma reglamentaria, apuntó al menor, quien ya se estaba escapando  y remontó el arma, accionando el mecanismo de disparo”.

Con este accionar, según el criterio del fiscal, Valdiviezo demostró su “claramente su intención homicida”, ya que el disparo afectó directamente órganos vitales, como es el corazón. En vista de ello, Rivero cerró la investigación penal y solicitó el enjuiciamiento del policía por el delito de homicidio calificado.



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