El texto dispone el agregado del artículo 17, estableciendo que el organismo mencionado deberá remitir por escrito ante el Concejo Deliberante y de manera trimestral un informe dando a conocer las actuaciones efectuadas.
Alurralde se refirió a los objetivos de la propuesta durante su tratamiento: “El espíritu es que el cuerpo legislativo pueda conocer las estadísticas en relación a las multas, ya que, contando con información sobre los tipos de infracción que se comenten en la ciudad, podemos trabajar en ideas y en políticas públicas”. Además, hizo referencia a su proceso de elaboración, destacando que se llevó adelante una reunión con los miembros del Tribunal de Faltas: “Esto nos permitió escuchar sus propuestas e incorporarlas a la redacción”.
El texto sancionado establece que los Jueces Administrativos de Faltas deberán informar por escrito ante el Concejo Deliberante de manera trimestral la cantidad y naturaleza de las contravenciones ingresadas, en trámite, causas que cuenten con sentencia firme, si se hubiese dictado eximición, desestimación o sobreseimiento, como así también el monto estimado resultante de la aplicación de las mismas. Asimismo, deberá emitir una memoria anual sobre la gestión, todo lo cual deberá estar debidamente documentado.