La denuncia fue radicada el 17 de mayo de 2018 por la madre del menor, en la que expresó que en algunas oportunidades, dejaba al niño al cuidado de su hermana, quien residía en el mismo domicilio ubicado en la zona sur de la Ciudad de Salta y que tenía como pareja al acusado.
Al notar que el imputado era una persona violenta y problemática, la denunciante pidió a su hermana que no permitiera que el acusado ingresara al domicilio.
En su relato, la denunciante indicó que pese al pedido, supo que su hermana permitía el ingreso del acusado cuando ella debía ausentarse por trabajo y que por conductas que detectó en el niño y por comentarios que le hizo la niñera, supo que el menor besó a un vecinito y que se tiraba encima de otros niños, cosa que antes, no hacía.
Cuando la denunciante se enteró que el acusado fue detenido por el robo de un celular, vinculó la conducta de su hijo con alguna cosa que podría haberle pasado con el acusado, ya que el niño también se había tornado agresivo.
Al mostrar al menor la noticia de la detención del acusado por robo y tras varios intentos de diálogo, la denunciante logró que el menor le contara, como secreto, sobre los abusos.
El accionar delictivo del acusado fue corroborado con informes psicológicos realizados a la víctima. Y por las características propias del ilícito, son los dictámenes periciales los que permiten probar que los eventos existieron tal cual fue descripto, de acuerdo a una valoración conforme a la sana crítica de los indicios suficientes incorporados a la causa.
Por otro lado, el fiscal resaltó el coherente testimonio de la víctima, sostenido durante todo este tiempo, lo que reflejó su verosimilitud.
Vale recordar que los delitos de abuso sexual se consuman en un marco de privacidad que conspira habitualmente para la incorporación de elementos probatorios. Por eso, el testimonio de la víctima adquiere plena prueba al no advertir interés y odio tendiente a perjudicar al imputado.