La iniciativa legislativa debe ser aplicada en espacios cerrados o al aire libre, bailables, confiterías, salones de fiesta, peñas, pubs, bares y restaurantes con anexo baile y espectáculos, y demás locales donde se desarrollen en forma habitual, periódica y/o regular actividades nocturnas, como actividad principal, accesoria o conexa.
La Ordenanza fue sancionada de modo unánime por los distintos bloques políticos. Obtuvo 19 votos y las modificaciones alcanzan al inciso a y e del artículo 1º de la normativa que apunta a brindar más seguridad con la instalación de las cámaras en esos locales. Se suma la modificación del artículo 2º para preservar la integridad y la vida de las personas evitando los efectos nocivos de los productos energizantes.
La autora de la iniciativa legislativa, Ángela Di Bez (Primero Salta), aludió en primer término a la necesidad de prohibir la venta de bebidas energizantes en los locales de diversión por sus efectos nocivos en la salud. Destacó que “hay una franja etaria que sufre más riesgos en las salidas nocturnas que son los jóvenes de 18 a 25 años. Si bien hay una serie de prohibiciones que a los adultos les puede molestar que piensen en sus hijos y sus nietos, porque esta Ordenanza está dirigida a los jóvenes, a preservar su integridad y sus vidas”.
Citó las opiniones de varios profesionales y especialistas en la temática sobre cómo actúa en el cuerpo la mezcla de alcohol con energizantes. Remarcó que “la juventud necesita límites, esta iniciativa no está en contra de nadie sino que es a favor de todos”.
Además refirió que los energizantes como es el caso del Red Bull, fueron utilizados en 1960 por tropas estadounidenses en la guerra de Vietman porque se promocionó que aumentaba la resistencia, la capacidad de concentración y brindaba mayor energía. Posteriormente se dejó de utilizar por sus efectos adversos como migraña, tumores cerebrales, enfermedades del hígado, etc. Señaló que los energizantes fueron prohibidos hace cuatro años en Entre Ríos, también en Santa Fe y La Plata, porque son considerados drogas que al mezclarse con alcohol resultan dañinas para el ser humano.
En cuanto a la instalación de cámaras en los locales de diversión y esparcimiento, el articulado establece que deberán cubrir todo el perímetro exterior del local en un grado de 180, garantizando una correcta cobertura de entradas y Salidas. Las internas deberán cubrir como mínimo barras de expendio de bebidas y las pista de baile. Di Bez dio a conocer el asesoramiento recibido por el Lic. Pérez del Cerro. Comentó que estas cámaras podrían haber aportado al esclarecimiento de asesinatos que ocurrieron a la salida de boliches. Respecto a que no se respeta la intimidad de las personas, sostuvo que “es una utopía, todos tienen celulares y se filman o fotografían y suben a la redes sociales”. Consideró que las cámaras beneficiarán a los mismos locales bailables ante algunas situaciones de conflicto u hechos delictivos. Consideró que el resguardo de las filmaciones debe ser por un lapso de 180 días, por último mocionó un agregado en al artículo 3 del proyecto, por el cual “el municipio podrá firmar convenios con la Provincia y la Nación a efectos de crear el Centro de Monitoreo Municipal.
Por este proyecto hubo manifestaciones de adhesión de los concejales Socorro Villamayor (Por Salta), Mirta Hauchana (PO), Ángel Ortíz (UCR), Frida Fonseca Lardies (PJ), David Leiva (PV), Romina Arroyo (SD) y Alberto Castillo (PRO).